La Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó los recursos de queja presentados por los defensores de los 8 integrantes de la comunidad Buenuleo imputados por usurpación en el cerro Ventana de Bariloche porque la presentación se hizo con los plazos legales vencidos. 

La llamada causa Buenuleo se inició en septiembre de 2019 con la denuncia de Emilio Friedrich por la usurpación del predio de su propiedad, 90 hectáreas en el Cerro Ventana de Bariloche, por parte de integrantes de la familia Buenuleo, desde 2012 lof Che Buenuleo.  

Historia de los Buenuleo

En los años 40 del siglo XX, Antonio Buenuleo recibió del estado nacional el lote 127 en la Colonia Agrícola Nahuel Huapi, de 625 hectáreas. El nieto de ese Buenuleo, llamado Antonio Buenuleo Curinao, vendió durante 60 años fragmentos de ese lote original. Los compradores, de buena fe, pagaron los lotes contra la entrega de boletos de compraventa.No se podian escriturar las compras hasta que la Municipalidad de Bariloche y el estado provincial de Río Negro inscribieran en catastro el plano de subdvisión y mensura.  

En 2012 los nietos de Antonio Buenuleo Curiano inscribieron la comunidad mapuche Lof Che Buenuleo en el Registro Nacional de Comunidades Indígenas e iniciaron el trámite para el reconocimiento territorial del INAI, Instituto Nacional de Asuntos Indígenas, en el marco del programa de relevamiento territorial de la ley 26.160. Y en 2019 pasan a la acción, ocupando de hecho las tierras que reclamaban como propias, las mismas que su abuelo había vendido. 

Idas y venidas de la causa Buenuleo

Un año después de la denuncia de Emilio Friedrich, sin esperar la resolución de la Justicia, el INAI (Instituto Nacional de Asuntos Indígenas) le concede a la comunidad Buenuleo su reconocimiento territorial, 481 hectáreas sobre las tierras usurpadas. A raíz de esa resolución el fiscal Martín Lozada retira la acusación por usurpación a los integrantes de la comunidad en la causa por usurpación y se anula la orden de desalojo

Luego, en noviembre de 2021, una sala de la Cámara Contencioso Administrativo Federal aprobó la resolución 90/20 del INAI que reconocía el territorio a Buenuleo por no haberse cumplido con el debido proceso “afectando con arbitrariedad e ilegalidad manifiesta el derecho de defensa” de Friedrich. 

En abril de 2022, con críticas a la actuación de la fiscalía y del Tribunal de Impugnación, el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro anuló los sobreseimientos de los 8 integrantes de Buenuleo por el delito de usurpación y ordenó la continuidad de la investigación judicial, en el entendimiento de que un derecho no puede ejercerse por vías de hecho fuera del marco de la ley. Entonces, la defensa de los acusados de Buenuleo imputados por usurpación recurrió a la Corte suprema de Justicia de la Nación para que revisara y dejara sin efecto esa sentencia del Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Río Negro y ahora la Corte lo desestimó por haber sido presentado fuera de los plazos procesales.