Fuente: diario RÍO NEGRO.

Los jueces del Tribunal Oral Federal (TOF) de Roca rechazaron la competencia para conectar las causas por las usurpaciones de dos predios de Parques Nacionales en Villa Mascardi atribuidas a integrantes de la comunidad mapuche Lof Lafken Winkul Mapu, con el expediente por el homicidio del joven mapuche Rafael Nahuel, donde hay cinco albatros de Prefectura Naval imputados. En consecuencia, desestimaron el planteo de hacer un solo juicio oral con todos los acusados.

“La acumulación pretendida colisiona frontalmente con la preservación de la inviolabilidad de la garantía de defensa en juicio, el debido proceso legal (artículo 18 de la Constitución Nacional), y pondrá en riesgo la averiguación de la verdad histórica, elemento básico de justicia”, afirmaron los jueces del TOF Alejandro Silva, Pablo Díaz Lavaca y Simón Bracco.

Los magistrados resolvieron devolver los expedientes al juzgado federal en lo Criminal y Correccional de Bariloche, para que continúe con el trámite del proceso y avance con el juicio a los once miembros de la comunidad mapuche imputados por las usurpaciones. Aunque todavía no está dicha la última palabra.

Los jueces del TOF invitaron al juez federal de Bariloche “a que, en el supuesto de no compartir los fundamentos” de la resolución, que ellos dictaron la semana pasada, “dé por trabado el conflicto negativo de competencia y otorgue intervención a la Cámara Federal de Casación Penal para dirimirlo”.

Recordaron que el juez subrogante del juzgado de Bariloche, Hugo Greca, admitió en abril pasado el planteo de competencia que había formulado la fiscalía federal de Bariloche. Por eso, remitió los expedientes con las causas de usurpación por despojo de dos lotes de Parques Nacionales en Villa Mascardi al TOF de Roca para que acumulen con el expediente por el homicidio de Nahuel.

Greca entendió, como argumentaba la fiscalía, que había conexidad entre las causas. Advirtió que existía el riesgo de arribar a sentencias contradictorias en el caso de hace dos juicios.

Las usurpaciones atribuidas por la fiscalía a miembros de la comunidad Lafken Winkul Mapu ocurrieron el 10 de noviembre de 2017 y el 25 de ese mes, en dos predios de Parques Nacionales, en Villa Mascardi. Los acusados alegaron que se trataba de una recuperación de territorio mapuche. Desde entonces hasta la fecha permanecen en esas tierras, ubicadas a unos 35 kilómetros al sur de Bariloche.

El homicidio de Nahuel ocurrió la tarde del 25 de noviembre de 2017 y la fiscalía federal de Bariloche evaluó que se el origen de ese crimen está en una de las usurpaciones.

En la causa está imputado el prefecto Sergio Cavia, como presunto autor del homicidio del joven, agravado por el uso de armas de fuego, pero atenuado porque, según la fiscalía y el juez federal de Bariloche que intervino en la instrucción, lo cometió con exceso en la legítima defensa. También, sus pares Francisco Javier Pintos, Juan Ramón Obregón, Carlos Valentín Sosa y Sergio Damián García, están imputados como “partícipes necesarios” por el mismo delito. Esa causa a fue elevada a juicio a principios de diciembre pasado y falta que el TOF fije la fecha del debate oral y público.

Mujeres mapuches protestan frente al juzgado federal de Bariloche. (foto de archivo)

Pronunciamiento del fiscal general

Desde el TOF consultaron al fiscal general interino, Rafael Vehils Ruiz, quien advirtió que se trata de acontecimientos “distintos, independientes y absolutamente escindibles al evento de la muerte de Rafael Nahuel, por lo que concluyó que su juzgamiento conjunto en instancia única no tiene asidero”. Por eso, dictaminó por rechazar la competencia por conexidad formulada por la fiscalía federal de esta ciudad y dispuesta por Grecca “debiendo sustanciarse ambos procesos en forma separada, el primero por la vía del juicio correccional y el segundo por la vía del juicio criminal”.

El mismo criterio manifestaron la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación y la APDH, que son querellantes en la causa por el homicidio de Nahuel.

“Entendemos que no existen fundamentos fácticos ni jurídicos que permitan sostener entre los procesos mencionados, la existencia de la conexidad objetiva que fuera invocada por el Juzgado Federal de Bariloche, ya que, como bien han manifestado las partes intervinientes en sendos legajos, se trata de hechos independientes y completamente escindibles entre sí”, afirmaron los jueces del TOF.

“El motivo que ahora conduce a aquel magistrado a declinar su competencia en favor de este tribunal, no tiene desde el inicio ningún tipo de asidero, pues siguiendo su lógica, la posibilidad del dictado de sentencias contradictorias va a estar inevitablemente siempre latente”, señalaron.


Fundamentos

Advirtieron que el Juzgado Federal de Bariloche ha soslayado completamente que pretende la unificación en un mismo debate oral y público, en el que deberán deslindarse las posibles responsabilidades penales de agentes de una fuerza de seguridad estatal en la muerte de un joven de la comunidad “Lof Lafken Winkul Mapu”, con la gravedad y complejidad que ya de por sí conlleva ese proceso penal, con otros tres hechos diversos, independientes y completamente escindibles de aquél, provocando que las personas sujetas a los distintos procesos asuman la condición alternadamente, de testigos e imputados en un mismo juicio”.

Sostuvieron “la alta conflictividad social existente en la actualidad y las tensiones que pudieran generarse eventualmente entre los miembros de la comunidad Mapuche y las fuerzas de seguridad estatal -especialmente y sobre todo de aquellos integrantes de la Prefectura Naval Argentina acusados por el hecho del que resultara víctima Rafael Nahuel-”.

Enfatizaron que un juicio oral único “que abarque ambos procesos y la totalidad de los sucesos sometidos a juzgamiento, tal como fuera propuesto por el Juez Federal de Bariloche, resulta a todas luces irrealizable”.

“En ese contexto, resulta claro que quien se encuentra en mejores condiciones para afrontar el debate oral y público en el presente expediente (por las usurpaciones) es el juez federal de Bariloche, a quien se le han asignado bajo su competencia específica el conocimiento de los delitos correccionales, como son los elevados a juicio en este proceso”, concluyeron.