La jueza de Zapala negó el desalojo solicitado por la fiscalía y los querellantes, entre ellos el hermano del ministro de Justicia de la Nación. Cargó contra el desconocimiento del proceso histórico del pueblo mapuche. Se formularon cargos contra la lonko Cecilia Maliqueo.

La Justicia de Neuquén volvió a frenar un intento de desalojo contra una comunidad mapuche en conflicto por tierras en cercanías de Villa Pehuenia. La jueza de Garantías de Zapala, Carolina González, rechazó el pedido de retiro forzoso de integrantes de la comunidad Tuwvn Kupalmeo Maliqueo, solicitado por el fiscal Marcelo Jofré y los abogados querellantes, entre ellos Cristian Cúneo Libarona, hermano del ministro de Justicia de la Nación, y el neuquino Maximiliano Orpianessi.

Durante la audiencia, la magistrada tuvo por formulados los cargos contra la lonko Cecilia Maliqueo, acusada de usurpar un predio de 829 hectáreas que la comunidad reclama como territorio ancestral. Pero al mismo tiempo, desestimó la solicitud de desalojo inmediato y cuestionó duramente la posición del denunciante y dueño del campo, el empresario Diego Ozollo, por su “desconocimiento de la realidad social del pueblo mapuche”.

Un reclamo ancestral frente a una justicia contemporánea

El campo en disputa fue propiedad del exjuez federal Pedro Duarte, condenado por delitos de lesa humanidad. Desde abril de 2022 pertenece a Ozollo, titular del fideicomiso Alpataco, quien denunció la ocupación en febrero de este año. La comunidad sostiene que el territorio es utilizado históricamente como zona de veranada para el pastoreo y que allí se encuentra un cementerio.

En la audiencia, Ozollo habló como querellante, relató su historia personal de superación y afirmó que “todas las culturas deben solventarse con recursos provistos por cada persona”, aludiendo a la posibilidad de que la comunidad adquiera el terreno por vías formales. La jueza González le respondió con firmeza: “El pueblo mapuche ha sido arrasado por los ejércitos de un Estado que llegó después, dio títulos de propiedad y desconoció derechos previos”.

Un fallo con perspectiva de derechos

González destacó que la Constitución y los tratados internacionales reconocen a los pueblos originarios como sujetos de derechos colectivos y los identifican como población vulnerable. “No tienen que pasar por la universidad para comprarse su tierra. Tienen derecho a ella porque la Constitución lo dice. Y tienen derecho a vivir de la trashumancia porque es su elección de vida”, señaló la magistrada.

En su fallo, también mencionó que la causa debe ser abordada con las reglas especiales que establece el Código Procesal Penal de Neuquén cuando hay imputados pertenecientes a comunidades indígenas. Y fue crítica con la lógica meritocrática expuesta por Ozollo: “No creo en el voluntarismo. Hay estructuras que impiden el crecimiento económico y una de ellas es negar a un pueblo vivir conforme a sus costumbres”.

Qué sigue en la causa

La formulación de cargos contra Cecilia Maliqueo habilita ahora un plazo de cuatro meses para la investigación penal preparatoria. En ese tiempo, la fiscalía, la defensa pública y la querella deberán presentar pruebas. Mientras tanto, la decisión de no desalojar puede ser revisada, ya que Orpianessi anticipó que recurrirá el fallo ante un tribunal colegiado.

El caso vuelve a poner en primer plano el debate por la propiedad de la tierra, los derechos indígenas y la intervención del Poder Judicial en conflictos interculturales complejos, donde chocan narrativas jurídicas, históricas y sociales.

Fuente: Diario Neuquino