
Con la sentencia sobre seis miembros de la autoproclamada comunidad Lafken Winkul Mapu, la causa por las tomas de Villa Mascardi empieza a ordenarse y la situación general se encamina hacia el Derecho.
Un repaso rápido indica que en 2017 se produce la toma inicial, sobre dependencias de Parques Nacionales, para ampliarse al año siguiente a propiedades contiguas de vecinos del Parque. Lo que siguió fue una larga y penosa secuencia de destrucción, dejando literalmente tierra arrasada ya fuera sobre construcciones como también sobre el medio ambiente. También se realizaron a lo largo de estos años no menos de 20 cortes sobre la ruta nacional 40.
Dicho esto, que haya habido una sentencia condenatoria es auspicioso, partiendo de la base de que vivimos en un Estado de Derecho y que la violación a la ley es condenada. En cuanto a las condenas propiamente dichas, son razonables en base a la escala penal que se debatia. No reparan el daño realizado, que fue muy grande y llevará años recuperar. No obstante eso, hay que esperar que las sentencias queden firmes y solicitar la acumulación de todas ellas y ver si serán de cumplimiento efectivo.
El camino es largo aún: esta es la sentencia en primera instancia. Faltan las apelaciones (que seguramente habrá) y los nuevos juicios que probablemente ocurran por haber acusados prófugos y hechos que aún se están investigando.
Consenso Patagonia