
La opinión del presidente de Parques Nacionales, los abogados defensores y Consenso Patagonia.
El Tribunal Oral Federal de General Roca dio a conocer la sentencia del segundo juicio por Villa Mascardi, con penas en suspenso (la más alta fue de dos años y seis meses). Igualmente, existe la posibilidad de que, en el futuro, aquellas personas que ya fueron condenadas en el proceso judicial del año pasado, al unificar las condenas, según el criterio que tenga el juez, deban cursar prisión efectiva.
“Cada sentencia condenatoria afirma que vamos por el camino correcto, que en esta nueva Argentina no hay más lugar para delincuentes que usurpan áreas protegidas”, afirmó el presidente del Directorio de la Administración de Parques Nacionales, Cristian Larsen.
Cabe recordar que el organismo ha actuado como querellante por la usurpación de predios en Villa Mascardi. De tal forma, el funcionario sostuvo: “Con todo el peso de la ley y con la convicción de una Nación que protege su patrimonio natural, seguimos luchando para recuperar nuestras tierras hasta devolverles a todos los argentinos cada hectárea que les pertenece”.
“Bajo el Gobierno del presidente Javier Milei, la propiedad privada es inviolable y el respeto a la ley no se negocia”, aseveró.
En tanto, para el letrado defensor Gustavo Franquet, de la Asociación Gremial de Abogados, se trató de “un juicio político”.
“Está claro que el juez no iba a dejar sin condenar, debido a la concepción que manejan, en la cual están parados en la actualidad, acerca de la manera en que han decidido enfrentar los procesos reivindicatorios de los pueblos originarios”, sostuvo.
“Le dijimos al juez que, aun si absolvía, Argentina iba a ser castigada en instancias internacionales por las circunstancias en que se dan estos procesos”, advirtió Franquet, para quien eso “debe haber influido en que diera penas muy por debajo de lo que pidió la Fiscalía, cuya solicitud era exorbitante”. Hay que evocar que el fiscal Rafael Vehils Ruiz, teniendo en cuenta que consideró que se trataba de coautores de diversos hechos, había apuntado a cuatro años de prisión efectiva para la mayoría de los juzgados.
“Lo que hizo el juez fue dar una solución que complace los objetivos políticos, porque todos son condenados, pero con penas en suspenso”, dijo Franquet.
“En los hechos, eso significa que Matías Santana sale en libertad, ya que una condena anterior de un año por incidentes que ocurrieron frente al Juzgado Federal de Bariloche, en ocasión de la primera extradición de su primo Facundo Jones Huala, ahora se acumuló con esta pena, y así pasó a tres años en suspenso. En el caso de que la condena quede firme, tendrá que cumplir con algunas condiciones, como trabajo comunitario y controles, pero no tiene ninguna otra causa abierta”, manifestó el abogado.
“En el caso de Betiana Colhuan y Celeste Güenumil, la única condena que tienen es esta última, en suspenso”, indicó.
Por otra parte, reconoció que “es más comprometida la situación de Luciana Jaramillo, Romina Rosas y Yesica Bonnefoi, porque fueron condenadas en el juicio anterior y ahora se les suma esta nueva decisión”.
Igualmente, el letrado aclaró que para la unificación de penas las sentencias aún tienen que quedar firmes, y no debería seguirse obligatoriamente el método aritmético, que se implantó mediante las recientes modificaciones en el Código Penal, es decir, la simple suma de los tiempos dispuestos, sino el modo composicional, que gradúa la sanción dentro de una escala conformada por un piso mínimo –constituido por la pena mayor– y un techo máximo –obtenido con la adición de las penas impuestas.
“De ninguna manera una ley penal se puede aplicar a hechos que ocurrieron mucho antes de que se dictara”, apreció Franquet, quien remarcó que, de esa forma, en este caso deberá seguirse el método composicional. “Sumadas, las penas de las lagmien (hermanas) darían más de cuatro años, pero el juez podría dejarlas en tres años en suspenso. Sobran argumentos de jurisprudencia para hacerlo, y creo que, si llegáramos a esa instancia, es lo que debería pasar. No resultaría beneficioso para nadie que mujeres que mantienen hijos chicos vayan presas”, reflexionó.
Por otra parte, desde Consenso Patagonia, agrupación cercana –incluso desde el respaldo legal– a la parte querellante privada, es decir, a María Magdalena Giménez Tournier, propietaria del predio La Escondida, consideraron “auspicioso” que “haya habido una sentencia condenatoria”. El director ejecutivo de la asociación civil, Juan Trebino, remarcó: “Vivimos en un Estado de derecho, y la violación a la ley es condenada”.
De esa forma, apreció: “La Justicia y las instituciones priman sobre las personas y sus voluntades”.
“Eso significa que un Estado de derecho prevalece sobre la toma por las vías de hecho o por la fuerza”, añadió.
“Si contextualizamos, y vemos que la pena máxima por usurpación es de tres años, haber conseguido dos años y cuatro o seis meses es razonable”, señaló.
Igualmente, aclaró que, en su parecer, “eso no repara el daño realizado”.
“El perjuicio fue muy grande para una sentencia como esta, pero no es un error del aparato jurisdiccional, sino de escalas penales, por un Código que establece ese tipo de montos”, especificó, para luego sumar: “En virtud de eso, las penas han sido en suspenso. No obstante, habría que esperar que las sentencias, esta y la del año pasado, queden firmes. Ahí se solicitarán que se acumulen y, por lo tanto, la prisión podrá ser de cumplimiento efectivo”.
Más allá de eso, advirtió que “posteriormente vendrán otros juicios, porque hay gente que todavía está prófuga y hechos que todavía no se han juzgado”.
“Todavía falta y hay mucho por hacer para que Villa Mascardi recupere todo lo que estos delincuentes le hicieron y sacaron… Sobre todo, la paz y tranquilidad”, concluyó Trebino.
Fuente: El Cordillerano