Seis integrantes de la lof Quemquentreu acusados del delito de usurpación de un campo en Cuesta del Ternero, cerca de El Bolsón, en Río Negro, sometidos a juicio. Tres fueron declarados culpables y otros tres absueltos por haber concurrido al lugar solo a un encuentro, “trawn”. 

Según la acusación, desde el 18 de septiembre de 2021 se despojó a Rolando Rocco de la posesión pacífica que detentaba desde 1981. Se invadió el predio y se le impidió realizar las actividades forestales y ganaderas que realizaba hasta ese momento, en los lotes 103 y 104 de las leguas A, B y C del paraje Cuesta del Ternero.

La jueza Romina Martini sostuvo que lo primero a responder es si la víctima ejercía poder de dominio sobre el territorio en cuestión. Consideró actos posesorios el amojonamiento, la delimitación y la demarcación. El querellante dijo que el terreno estaba alambrado en toda su dimensión y realizó mensuras. Eso fue ratificado por otros testigos, por lo que se dio por probado que desde 1984/86 hasta 2021, Rocco ejerció la posesión ininterrumpida de ese inmueble, por más de 30 años.

Las vías de hecho

“El tema es el modo”, consideró la jueza sobre la reivindicación territorial de la comunidad mapuche.  Recalcó que la ley no acepta las vías de hecho. No acepta hacer justicia por mano propia. Y que el Código Penal rige para todos los habitantes de la Nación Argentina.  

Según el veredicto, el STJ tiene 2 fallos sobre recuperación por vías de hecho que fijan doctrina legal obligatoria: el ejercicio por vías de hecho constituye un delito.“ No se justifica que para llevar a cabo una recuperación, la acción se transforme en un delito”, afirma.

Las penas para los condenados se conocerán en una próxima audiencia. Martini también deberá definir si hace lugar al pedido de desalojo solicitado por la fiscalía y la querella. Miembros de la comunidad Quemquentreu permanecen en el lote en conflicto desde septiembre de 2021.

Tras conocerse las condenas, la abogada defensora Andrea Reile lamentó que “se siga sin respaldar los derechos constitucionales que tienen los pueblos indígenas en nuestro país”. Consideró que la usurpación no existió, ya que “la comunidad solo reivindicó una porción de las 2.500 hectáreas de las que Rocco se declaró poseedor legítimo”, adelantó que apelará las condenas.

Fuente: La Nación y Bariloche Más