
Mediante el Decreto 438/2025 publicado hoy en el Boletín Oficial, el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) tendrá cambios en su funcionamiento, integración, y organización.
La norma parte de la necesidad de racionalizar el organigrama del Estado Nacional, tendiendo a disminuir la cantidad de dependencias y por ende el tamaño de la administración pública. Sobre esa base, los datos salientes son los siguientes:
- el INAI pasa de ser un organismo descentralizado para convertirse en una unidad organizativa dependiente de la Vicejefatura de Gabinete del Interior;
- contará con un Consejo de Coordinación integrado por: un representante de la Vicejefatura de Gabinete del Interior de la Jefatura de Gabinete de Ministros; un representante del Ministerio de Economía; un representante del Ministerio de Capital Humano; un representante del Ministerio de Justicia; un representante del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto; un representante del Ministerio de Salud; representantes elegidos por las comunidades aborígenes cuyo número, requisitos y procedimiento electivo determinará la reglamentación; un representante por cada una de las provincias que adhieran a la ley 23.302 (de creación del INAI).
Se destaca en los considerandos del decreto que, además del espíritu de racionalización, el INAI tuvo aspectos observados en una auditoría realizada por la Sindicatura General de la Nación. Concretamente, “la información relativa a los juicios contra el Estado Nacional a cargo del referido Instituto no se encuentra cuantificada ni registrada en su totalidad; que existen apartamientos normativos y omisiones en la tramitación de los expedientes administrativos en materia presupuestaria y ejecución de gastos; que el organismo presenta deficiencias en el registro de su patrimonio, sin contar con un sistema estandarizado, lo que deriva en un riesgo respecto al cuidado y resguardo de sus bienes muebles”.
También se observaron desvíos e inconsistencias en la rendición de cuentas de los subsidios otorgados en el marco del Programa de Fortalecimiento Comunitario y que los procedimientos de contrataciones a cargo del organismo no se ajustan a las normas legales vigentes.
