El Boletín Oficial publicó hoy la resolución 44/2024 del INAI (Instituto Nacional de Asuntos Indígenas) que deja sin efecto lo resuelto en dos resoluciones del gobierno anterior vinculadas al relevamiento territorial de la lof Che Buenuleo, en el Cerro Ventana de Bariloche. 

Con Magdalena Odarda como presidenta, el INAI emitió la resolución 90/2020 en la que reconocía a Buenuleo la posesión actual, tradicional y pública sobre 481 hectáreas en el Cerro Ventana, dando por cerrado el relevamiento territorial en el marco de la Ley 26.160. 

La resolución 90/2020 fue anulada por la Sala IV de la Cámara Contencioso Administrativo Federal en noviembre de 2021. Ante la acción de amparo interpuesta por Emilio Friedrich, la Cámara le dio la razón: el reconocimiento territorial perjudicaba sus derechos de propiedad. La Resolución 57/2022 del INAI dispuso la reapertura del expediente, a fin de dar traslado a Friedrich para que ejerza su derecho en relación a las tierras georreferenciadas por el INAI como territorio comunitario de la lof Buenuleo. 

El día de su destitución como presidenta del INAI, Odarda emitió la Resolución 159/2022, ratificando el reconocimiento territorial de la resolución 90/2020 en todos sus términos. Friedrich interpuso un recurso de reconsideración rechazado en la resolución 151/2023.

Claudio Avruj: otra mirada

Estas dos resoluciones son las que ahora, con la firma de su actual titular Claudio Avruj, el INAI deja sin efecto. El reconocimiento territorial de Buenuleo siempre fue cohesionado por faltas en el debido proceso: el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas no le dio participación ni a la provincia de Río Negro (según la Constitución en el tema indígena Nación y provincias tienen facultades concurrentes)  y del propio Friedrich, con derechos de propiedad sobre las tierras reconocidas a la lof. 

Además del propio Friedrich, el reconocimiento territorial de Buenuleo desconoció los derechos de propiedad de más de 200 personas que habían comprado lotes en el Cerro Ventana, durante cincuenta años, al propio Antonio Buenuleo, en lo que ahora se llama Barrio Pilar 2.

Ver Resolución 4V4/2024 del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas